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Términos y condiciones de protección laboral
Términos y Condiciones para Proveedores
Relación comercial entre la empresa titular de Adler.pe y sus proveedores
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA PROVEEDORES 1. ALCANCE Y ACEPTACIÓN 1.1. Los presentes Términos y Condiciones para Proveedores (en adelante, los “Términos de Proveedor”) regulan la relación comercial entre la empresa titular de la marca Adler y/o sus marcas vinculadas (en adelante, la “Empresa”) y toda persona natural o jurídica que le suministre bienes y/o servicios (en adelante, el “Proveedor”). 1.2. La emisión, aceptación y/o ejecución de cotizaciones, órdenes de compra, contratos específicos, servicios recurrentes o cualquier otra forma de suministro a favor de la Empresa implica la aceptación plena, expresa e incondicional de los presentes Términos de Proveedor por parte del Proveedor. 1.3. En caso de conflicto entre lo dispuesto en estos Términos de Proveedor y condiciones particulares pactadas por escrito en una orden de compra o contrato específico, prevalecerán estas últimas únicamente en aquello que regulen de manera distinta y expresa. 2. CAPACIDAD Y CUMPLIMIENTO LEGAL 2.1. El Proveedor declara que se encuentra debidamente constituido y existente conforme a las leyes de la República del Perú (o, en su caso, conforme a las leyes de su país de origen) y que cuenta con todos los permisos, licencias, registros y autorizaciones necesarios para desarrollar su actividad comercial. 2.2. El Proveedor se obliga a cumplir con la normativa laboral, tributaria, aduanera, de seguridad y salud, protección al consumidor, protección de datos personales, propiedad intelectual y cualquier otra que resulte aplicable al tipo de bienes o servicios que suministre. 2.3. El Proveedor será el único responsable frente a sus trabajadores, subcontratistas y terceros por las obligaciones legales que le sean exigibles, manteniendo indemne a la Empresa frente a cualquier reclamo derivado de tales relaciones. 3. ÓRDENES DE COMPRA Y PERFECCIONAMIENTO DEL VÍNCULO 3.1. Salvo pacto escrito distinto, la relación comercial entre la Empresa y el Proveedor se articulará prioritariamente mediante órdenes de compra emitidas por la Empresa, las cuales deberán contener, como mínimo, la descripción del bien o servicio, cantidades, precio unitario, moneda, lugar y plazo de entrega, así como cualquier condición específica. 3.2. El contrato se considerará perfeccionado cuando el Proveedor acepte la orden de compra por un medio verificable (correo electrónico, firma, sistema electrónico, u otro medio equivalente) o cuando, sin objeción, proceda a ejecutarla total o parcialmente. 3.3. La Empresa no estará obligada a reconocer suministros, entregas o servicios que no cuenten con una orden de compra válida, salvo confirmación expresa por parte de sus representantes debidamente autorizados. 4. CALIDAD, ESPECIFICACIONES Y GARANTÍAS 4.1. El Proveedor se obliga a que los bienes y servicios entregados cumplan con las especificaciones técnicas, requisitos de calidad, normas de seguridad, normas sanitarias y demás condiciones señaladas en la orden de compra, ficha técnica o documentación asociada. 4.2. Los bienes que se entreguen a la Empresa deberán ser nuevos (salvo acuerdo distinto por escrito), libres de gravámenes y de cualquier otro tipo de cargas o derechos de terceros, y aptos para el uso o destino para el cual han sido adquiridos. 4.3. La Empresa tendrá derecho a inspeccionar, verificar y, en su caso, rechazar total o parcialmente bienes o servicios que no cumplan con las condiciones acordadas, sin que ello genere obligación de pago por parte de la Empresa respecto de lo no conforme. 4.4. El Proveedor otorga una garantía mínima razonable sobre los bienes suministrados y se obliga, en caso de defectos, fallas o incumplimientos imputables a él, a asumir los costos de reemplazo, reparación o corrección, según corresponda, sin perjuicio de la indemnización por daños que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable. 5. PRECIOS, FACTURACIÓN Y PAGOS 5.1. Los precios acordados con el Proveedor incluyen todos los costos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones asumidas (insumos, mano de obra, seguros, embalaje, transporte hasta el lugar de entrega pactado, tributos aplicables, entre otros), salvo que en la orden de compra se indique expresamente lo contrario. 5.2. El Proveedor deberá emitir los comprobantes de pago correspondientes conforme a la normativa tributaria peruana (comprobantes electrónicos, facturas, recibos por honorarios u otros), consignando correctamente el RUC, razón social, descripción del bien o servicio, importe, impuestos y número de orden de compra. 5.3. El plazo de pago comenzará a computarse a partir de la fecha de recepción conforme de los bienes o servicios y de la recepción del comprobante de pago debidamente emitido, lo que ocurra en último lugar, salvo acuerdo distinto por escrito. 5.4. La Empresa podrá retener pagos en caso de discrepancias en la facturación, incumplimientos en las especificaciones o calidad, o cualquier otra circunstancia que requiera aclaración, hasta que la situación sea debidamente regularizada. 6. ENTREGA, RIESGO Y TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD 6.1. El lugar y plazo de entrega se establecerán en la orden de compra. Salvo pacto distinto, el riesgo de pérdida o daño de los bienes será asumido por el Proveedor hasta el momento de la entrega efectiva en el lugar acordado y la recepción conforme por parte de la Empresa. 6.2. La propiedad de los bienes se transferirá a la Empresa una vez efectuado el pago correspondiente y recibidos los bienes sin observaciones sustanciales, salvo que la legislación aplicable o un acuerdo específico establezca una modalidad distinta. 6.3. Retrasos reiterados e injustificados en la entrega de bienes o prestación de servicios podrán ser considerados incumplimiento grave y facultarán a la Empresa a resolver la relación comercial, sin perjuicio de exigir el resarcimiento de daños y perjuicios de acuerdo con la normativa aplicable. 7. CONFIDENCIALIDAD 7.1. Toda información técnica, comercial, financiera, estratégica, de clientes, proveedores o de procesos internos que la Empresa proporcione al Proveedor, por cualquier medio, será considerada confidencial y de uso restringido. 7.2. El Proveedor se obliga a: a) Utilizar la información confidencial únicamente para ejecutar las órdenes de compra o contratos con la Empresa. b) No divulgar, comunicar ni poner a disposición de terceros la información confidencial sin autorización previa y por escrito de la Empresa. c) Adoptar las medidas razonables para evitar el acceso no autorizado, pérdida o difusión indebida de dicha información. 7.3. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente incluso después de finalizada la relación comercial, por el plazo que resulte razonable para la protección de los intereses de la Empresa. 8. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 8.1. En caso de que el Proveedor tenga acceso a datos personales bajo responsabilidad de la Empresa (por ejemplo, datos de clientes, usuarios o trabajadores), deberá tratarlos únicamente para los fines vinculados a la prestación del servicio o suministro contratado y de conformidad con la Ley N.º 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su reglamento vigente. 8.2. El Proveedor actuará, en dichos casos, como encargado de tratamiento y se compromete a implementar medidas de seguridad técnicas, organizativas y legales razonables para proteger los datos personales a los que tenga acceso, evitando su acceso no autorizado, pérdida, destrucción o uso indebido. 8.3. El Proveedor se obliga a no conservar copias de los datos personales una vez concluida la relación comercial, salvo obligación legal en contrario, y a devolver o eliminar la información según le sea requerido por la Empresa. 9. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DISEÑOS 9.1. Salvo pacto expreso contrario, cualquier desarrollo, adaptación, diseño, mejora, documento, software, manual, esquema, prototipo, pieza gráfica o material similar que el Proveedor cree específicamente por encargo de la Empresa será de propiedad exclusiva de la Empresa, quien podrá explotarlo sin limitación geográfica ni temporal, sin obligación de pago adicional más allá del precio pactado. 9.2. El Proveedor declara que los bienes, diseños y materiales que suministre no infringen derechos de propiedad intelectual ni industrial de terceros, manteniendo indemne a la Empresa frente a cualquier reclamo o acción derivada de tales infracciones. 9.3. En caso de que se acredite que el Proveedor ha suministrado productos o materiales que vulneren derechos de terceros, la Empresa podrá resolver la relación comercial de manera inmediata y exigir el resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados, incluyendo los gastos de defensa y cualquier sanción que pudiera imponérsele. 10. ANTICORRUPCIÓN Y CONDUCTA ÉTICA 10.1. El Proveedor se compromete a actuar con integridad, cumpliendo la normativa aplicable en materia de anticorrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo y demás delitos económicos, absteniéndose de ofrecer, prometer, entregar o solicitar ventajas indebidas a funcionarios públicos o a terceros vinculados a la Empresa. 10.2. Cualquier acto de soborno, corrupción, colusión, fraude u otra conducta ilícita o contraria a la ética empresarial será considerado incumplimiento grave y facultará a la Empresa a resolver de inmediato la relación comercial, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder. 11. RESPONSABILIDAD Y LIMITACIONES 11.1. El Proveedor será responsable por los daños directos que se generen a la Empresa como consecuencia de su incumplimiento contractual, incluyendo defectos de calidad, retrasos injustificados, incumplimientos de normativa aplicable o violaciones de confidencialidad. 11.2. La Empresa no será responsable frente al Proveedor por lucro cesante, pérdida de oportunidad de negocio, daños indirectos o consecuenciales, salvo que exista disposición legal imperativa que disponga lo contrario o pacto expreso por escrito. 12. TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN COMERCIAL 12.1. La Empresa podrá dar por terminada la relación comercial con el Proveedor, total o parcialmente, en cualquier momento, mediante comunicación escrita, sin obligación de indemnizar, cuando exista justa causa, entre otras, por: (i) incumplimiento reiterado de plazos de entrega; (ii) incumplimiento de estándares de calidad; (iii) infracciones a normativa aplicable; (iv) violación de obligaciones de confidencialidad o datos personales; o (v) conductas contrarias a la ética y a la buena fe comercial. 12.2. La terminación de la relación comercial no afectará las obligaciones ya devengadas ni las responsabilidades por incumplimientos anteriores a dicha terminación. 13. MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE PROVEEDOR 13.1. La Empresa podrá actualizar estos Términos de Proveedor cuando resulte necesario, por cambios normativos, ajustes operativos o decisiones internas de gestión. 13.2. Las versiones actualizadas serán comunicadas al Proveedor por medios razonables (por ejemplo, publicación en el sitio web, envío por correo electrónico o incorporación en nuevas órdenes de compra). El mantenimiento o inicio de la relación comercial con posterioridad a dicha comunicación implicará la aceptación de la versión vigente. 14. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 14.1. Los presentes Términos de Proveedor se rigen por las leyes de la República del Perú. 14.2. Las controversias derivadas de la relación comercial entre la Empresa y el Proveedor que no puedan resolverse de manera directa y amistosa podrán ser sometidas a los tribunales competentes de la ciudad de Lima, sin perjuicio de otros mecanismos alternativos de solución de controversias que las partes acuerden por escrito.